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Edición Especial Constitución - “Gestión del agua en la nueva constitución”

“Gestión del agua en la nueva constitución”.

ÁREA: Proceso constitucional y propuesta de nueva Constitución. 

TIPO DE PUBLICACIÓN: Columna académica.

AUTORES:  Miguel Alejandro Espinosa Bravo, egresado del Magíster en Gerencia y Políticas Públicas, programa de la Facultad de Administración y Economía, USACh.

CORRESPONDENCIA: miguel.espinosa@usach.cl

 

En septiembre del 2015, desde las Naciones Unidas se promulgaron 17 metas en las cuales se debería concentrar el esfuerzo global, para alcanzar el bienestar humano dentro de los límites planetarios. La concepción de desarrollo sostenible utilizada en la definición de estos objetivos considero en forma holística las dimensiones económica, social y ambiental del desarrollo, a partir de la idea; que el planeta tiene unos límites ecológicos que se deben respetar como condición para hacer viable la vida (Rodríguez Becerra, M. y Vélez, M. A; 2018; P16).

Dentro de estos objetivos, se encuentra el objetivo número seis, el de proveer agua limpia y saneamiento, a comunidades locales, donde éstas, jueguen un rol participativo fundamental en la gestión de la entrega de un servicio de agua limpia, junto al saneamiento (Asamblea General N.U; 2015; p 21), siendo estos elementos recogidos en la Ley N° 20.998 sobre Servicio Sanitarios Rurales del Estado de Chile y reforzado bajo el artículo 57 y el capítulo III del proyecto de nueva constitución, que entrega el derecho humano al agua y al saneamiento suficiente, saludable, aceptable, asequible y accesible para este. Siendo deber del Estado garantizarlo para las actuales y futuras generaciones y en su artículo 58, le da el goce del acceso al agua situadas en territorios indígenas o autonomías territoriales indígenas a nuestros pueblos y naciones indígenas. Pero cómo puede el Estado, lograr la implementación de estos derechos si, de acuerdo con estudios y consultorías realizadas al sector, se denota una clara falta de competencias laborales en los puestos de trabajo de quienes componen los Servicios Sanitarios Rurales, como es mencionado en las conclusiones de la Consultoría del año 2015 para el Gobierno Regional Metropolitano. En la cual, en una de sus conclusiones, se dice que “…el nivel de profesionalización del recurso humano en los sistemas rurales de la Región Metropolitana es bajo, requiriéndose entre otros aspectos, un plan de capacitación activo para las labores básicas que requiere una administración adecuada” (GORE RM: 2014; p 225).

Por otra parte, dentro del mismo documento se señala que el apoyo técnico por parte de la dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas, ente encargado de prestar asesoría técnica a estas organizaciones, es insuficiente, encontrándose algunos comités y cooperativas insatisfechas con las asesorías prestadas (GORE RM: 2014; p 225). Además, en un reciente seminario de la Pontificia Universidad Católica de Chile, se reiteran estas conclusiones, señalando que el sector carece de un recurso humano profesional, primordialmente en ámbitos de gestión financiera y contable, siendo insuficiente la capacitación entregada por la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas (Alvarado 2020; tiempo: 01:03:32; en PUC 2020; p 16).

Sumado a lo anterior, en el caso de las plantas de tratamiento de aguas servidas instaladas en los sectores rurales de Chile, se puede apreciar que no existe un manual estandarizado de operaciones para estas, ni un levantamiento de perfil ocupacional para su operación. Puesto que, a lo largo del país, no se instalaron plantas de una sola tecnología, sino que, por el contrario, se instalaron plantas de tratamientos que funcionan con distintos tipos de tecnologías de tratamiento de aguas servidas, tales como: Lagunas de Estabilización Facultativas, Lodos activados, Lagunas Anaeróbicas, Humedales, Biofiltros, Biodiscos, Lombrifiltros, IFAS, MBBR ¹ (SUBDERE; 2018; p 109) generando una imposibilidad de estandarización de competencias para los operadores de las plantas de tratamiento de aguas servidas ya instaladas, que abarquen el nivel nacional.

Por ende, siguiendo la definición de Interés público, y apegándose al principio irrestricto de eficiencia en la utilización de los recursos públicos del Estado, se recomienda propiciar un estudio liderado desde la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales, que sondee la posibilidad en conjunto con la Institucionalidad de ChileValora, de certificar las competencias laborales de los funcionarios que desarrollan labores de gerencia y operación en los Servicios Sanitarios Rurales, dentro de la red de Instituciones certificadoras de competencias laborales, que se encuentran presentes en la Institucionalidad de ChileValora. Aprovechando las ventajas que entrega SENCE para estos fines, en concordancia al rol asignado al Estado, como un ente regulador y financiador de actividades de capacitación (Franquicia Tributaria) (Ley N° 19.518; 1997; art 36), puesto que, en la actualidad, en ChileValora, existen Instituciones que certifican Unidades de Competencias Laborales, que integran los Perfiles ocupacionales que debiesen seguir los trabajadores de los Sistemas de Servicios Sanitarios Rurales, que entregan el servicio de agua potable y saneamiento sanitario en las zonas rurales del país, buscando por medio de esta posibilidad cumplir con el mandato presente en el borrador de la nueva constitución de atender las necesidades de las personas en sus distintos contextos, para la satisfacción del derecho de acceder al agua para el consumo humano y el respectivo saneamiento de este vital elemento.

Por otra parte, se propone generar desde la Subdirección de Servicios Sanitarios Rurales creada por la Ley N° 20.998, procesos de asociatividad de operadores de Servicios Sanitarios Rurales que posibiliten el intercambio de experiencias de sus funciones. Coordinando capacitaciones a partir de esta asociatividad (incentivar y coordinar una asociación de operadores), en donde los operadores con mayor formación puedan traspasar sus experiencias a otros, incluido los territorios y autonomías indígenas. Buscando en una primera instancia, generar una red de apoyo y consultas, para aquellos operadores que no cuenten con acceso a fuentes de información pertinente, para la solución de problemas, a los cuales se puedan ver enfrentados, formando también acuerdos con laboratorios tomadores de muestras, coordinados a nivel de provincias y regiones, que agrupen a un determinado número de Servicios Sanitarios Rurales, para que estos envíen sus muestras de agua potable producida y saneada, para el control y certificación de esta.

Todo lo anterior, es necesario para dar forma institucional a los postulados presentes en el capítulo III del borrador de nuestra constitución, puesto que desde el artículo 140 a 144 se propician todos los elementos necesarios para lo que se propone en este artículo. 

Ya que en el artículo 141 por ejemplo, se propugna que el Estado debe proteger la gestión comunitaria del agua potable y su saneamiento, especialmente en áreas y territorios rurales y extremos, en conformidad con la ley (20.998), que en este caso ya existe y se encuentra aprobada junto a su reglamento. Siguiendo un sistema de gobernanza de las aguas participativo y descentralizado, que incluya el manejo integrado de cuencas, elementos presentes en el artículo 143 del borrador constitucional.

Pero finalmente, para que todo esto se pueda llevar a cabo, es necesario, revisar y reformular las nuevas leyes aprobadas para el sector el año 2020, como la 20.998 y su reglamento aprobado en el año 2021. Junto a nuevas actualizaciones a las leyes 19.518 que fija el nuevo estatuto de capacitación y empleo y la ley N° 20.267 que creó el sistema nacional de acreditación de competencias laborales y perfecciona el estatuto de capacitación y empleo, para formar una robusta Agencia Nacional del Agua, establecida en el artículo N° 144 del borrador constitucional, junto a sus atribuciones, ya que esta nueva agencia propuesta en el borrador constitucional, sería la actualización de la Subsecretaría de Servicios Sanitarios Rurales y los Consejos Consultivos Nacionales y Regionales, creados con la Ley N° 20.998 y su reglamento, dadas las atribuciones que le entrega el presente borrador constitucional.

 

Ilustración 1: Organigrama Funcional Simplificado del Sistema de Acreditación Nacional de Certificación de Competencias Laborales.

 

 

Ilustración 2: Organigrama Funcional Simplificado del Sistema que regula el Saneamiento Sanitario Rural²

 

² Este organigrama es referencial, ya que el organigrama oficial, aún no se encuentra disponible.

 

Notas: 
¹ La tecnología MBBR (Moving Bed Biofilm Reactor) e IFAS (Integrated Fixed-film Activated Sludge) son dos de las últimas tecnologías aplicadas a la depuración de aguas residuales. Ambas tecnologías están basadas en el crecimiento de biomasa (en forma de biopelícula), en unos soportes plásticos que están en continuo movimiento en el interior de un reactor. 

 

Referencias:

3 Alvarado G; 2020; “Visión de FENAPRU Chile sobre ley 20.998, de SSR. desafíos y oportunidades”; Curso preparación de monitores sobre ley de Servicio Sanitario rural en Chile; 17 diciembre 2020.

4 Alvarado. G; 2016; Experiencia de Chile con las Cooperativas de manejo de sistemas de agua rural; Lima-Perú; Federación Nacional de Agua Potable Rural.

5 Asamblea General Naciones Unidas (2015); Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; recuperado de https://unctad.org/system/files/official-document/ares70d1_es.pdf

6 Biblioteca del Congreso Nacional, Historia de la Ley 19.518, 08.05.2018, Santiago de Chile.

7 Biblioteca del Congreso Nacional, Historia de la Ley 20.267, 30.05.2019, Santiago de Chile.

8 Biblioteca del Congreso Nacional, Historia de la Ley 20.998, 06.06.2018, Santiago de Chile.

9 Burgos C; Comisión Nacional de Certificación de Competencias Laborales; Metodología de ChileValora; Santiago 30 septiembre 2019.

10 Dirección de Presupuesto; Informe final de evaluación: Programa de Agua Potable Rural. Ministerio de Obras Públicas. Dirección de Obras Hidráulicas. Panelistas: Patricio Navarro, Humberto Zamorano y Guillermo Donoso; Santiago junio 2007.

11 Decreto 137; Establece reglamento que regula la Comisión del sistema nacional de certificación de competencias laborales establecida en la ley Nº 20.267; Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Subsecretaría del trabajo; fecha publicación: 16.02.2009, fecha promulgación: 28.10.2008 tipo versión: única de: 16.02.2009 url corta: http://bcn.cl/2gqfk

12 Decreto 50; Reglamento de la Ley Nº 20.998, que regula los servicios sanitarios rurales; Ministerio de Obras Públicas Fecha Publicación: 19.10.2020; Fecha Promulgación: 22.05.2019; Tipo Versión: Última Versión De: 19.01.2021 Url Corta: http://bcn.cl/2n9qd

13 Decreto 101 Aprueba reglamento de la ley general de cooperativas ministerio de economía; fomento y reconstrucción; subsecretaría de economía; fomento y reconstrucción; Fecha Publicación: 25.01.2007; Última Versión De: 28.11.2020; Decreto 139 Url Corta: http://bcn.cl/2mh9d

14 DFL N° 5 del Ministerio de economía, fomento y reconstrucción; subsecretaría de economía, fomento y reconstrucción; Ley General de Organización de las cooperativas Fecha Publicación: 17.02.2004; Fecha Promulgación: 26.09.2003; Última Versión De: 06.06.2021; Ley 21.344; Url Corta: http://bcn.cl/2pzyz

15 Delgado Bohórquez, V. (2009). El modelo de competencias laborales: Base para la gestión del talento humano en las organizaciones. ECONÓMICAS CUC, 30(1), 25-38. Recuperado a partir de https://revistascientificas.cuc.edu.co/economicascuc/article/view/1200

16 Donoso G Coordinador; Calderón C; Silva M (Panelistas); Informe Final de Infraestructura Hidráulica de Agua potable Rural (APR); MOP; Dirección de Obras Hidráulicas; Enero-agosto 2015; Santiago de Chile.

17 Dirección de Obras Hidráulicas; Diagnóstico de las competencias de los Comités y Cooperativas de APR; 2003; Santiago de Chile.

18 Franch Saguer Marta; El interés y la ética públicos; Universidad Autónoma de Barcelona; 2003.

19 Fuenzalida. E, Sistemas Sociotécnicos para el Abastecimiento de Aguas Domiciliarias en el Periurbano de la Región Metropolitana, PUC, Instituto de Estudios Urbanos y Territoriales, marzo 2011. 

20 Homsi y Asociados Ltda.; Estudio de Soluciones de Saneamiento Rural, informe final tomo I; Subdere Ministerio del Interior; Santiago mayo 2007.

21 Instituto Nacional de Estadística; Estimaciones y Proyecciones a Nivel Regional de la Población de Chile 2002-2035; Santiago 2019; url: https://www.ine.cl/estadisticas/sociales/demografia-y-vitales/proyecciones-de-poblacion.

22 Ley 19.518 Nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo, promulgada el 10.09.1997, Congreso Nacional de Chile

23 Ley 20.267 de Acreditación de Competencias Laborales y Perfeccionamiento del Estatuto de Capacitación y Empleo, promulgada el 25.06.2008, Congreso Nacional de Chile.

24 Ley 20.998 Regula los Servicios Sanitarios Rurales, promulgada el 14.02.2017, Congreso Nacional de Chile.

25 Ministerio de Obras Públicas; Reglamento de la Ley 20.998 que regula los Servicios Sanitarios Rurales, 22.05.2019, Santiago de Chile.

26 Ministerio de Obras Públicas; Mesa Nacional del Agua, Primer Informe; Santiago 2020.

Pontificia Universidad Católica de Chile; 2020; Seminario Virtual: Propuestas para la Utilización de aguas grises en Chile; Centro de políticas públicas PUC; 26.11.2020; Santiago de Chile; https://www.youtube.com/watch?v=b_XTZxP7FkY&t=8s

27 Pontificia Universidad Católica de Chile; 2020; Capítulo 6: Política de reutilización de aguas grises en chile: Propuesta para la implementación en comunidades rurales como alternativa de mitigación para la escasez hídrica; xiv concurso políticas públicas “propuestas para chile”

28 Rodríguez Becerra, M. y Vélez, M. A. (2018). Gobernanza y gerencia del desarrollo sostenible. Bogotá, Universidad de los Andes. Recuperado de https://elibro.net/es/ereader/universidadcomplutense/118317?page=16.

29 Santiago Consultores Asociados; Evaluación en profundidad programa Chile califica, ministerio de educación, ministerio de economía, ministerio del trabajo y previsión social; resumen ejecutivo; Santiago de Chile; junio 2009

30 Sapag Consultores (2014); Diagnóstico regional de los comités y cooperativas de agua potable rural de la región metropolitana de Santiago; agosto 2014; Santiago de Chile.

31 Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; Compromiso de la SUBDERE con la Gestión Ambiental, Santiago octubre 2009.

32 Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo; Catastro de Plantas de Tratamiento de aguas servidas sector rural; Santiago 2012.

33 Villarroel Novoa, C. 2011. Asociaciones Comunitarias De Agua Potable Rural En Chile: Diagnóstico Y Desafíos; Gráfica Andes Ltda; Santiago de Chile.